Hoy parece impensable, pero lo cierto es que en los últimos 5 años, con una tendencia más o menos invariable, un 25% de los fallecidos en carretera no utilizaban cinturón de seguridad en el momento del accidente. En 2015, 159 de los fallecidos que circulaban por vías interurbanas en turismos y furgonetas no llevaban puesto este elemento de seguridad. En vías urbanas no hacían uso del mismo 19 de los 70 fallecidos.
Esta es la razón fundamental por la que la DGT ha instalado 225 cámaras fijas para controlar específicamente el uso o no de este dispositivo de seguridad. Se ubican tanto en carreteras secundarias (el 60%) como en autovías (40%) en los puntos kilométricos donde se han producido accidentes con víctimas mortales que no llevaban puesto el cinturón de seguridad en el momento del siniestro.
Durante los dos primeros meses (hasta mediados de junio), los conductores detectados sin cinturón no serán sancionados, sino que recibirán una carta con la prueba de la infracción. El director general de Tráfico, Gregorio Serrano, ha declarado: “Hemos decidido no sancionar, sino empezar por concienciar ya que no es intención de la DGT recaudar si no salvar vidas. La idea es que los ciudadanos conozcan que ya disponemos de estos instrumentos que captan de forma automatizada la imagen y que conozcan donde están ubicadas, ya que su localización está publicada en la web de la DGT, con el objetivo de que todos los ocupantes del vehículo lleven puesto el cinturón de seguridad”.
A partir de estos dos meses, se empezará a sancionar con 200 € y la detracción de 3 puntos del permiso de conducir, pero solo a los turismos. El resto de vehículos (autobuses, taxis, ambulancias, vehículos de policía y bomberos, vehículos del cuerpo diplomático, etc.) se sumarán trascurridos seis meses.
Los conductores detectados por las cámaras, solo durante los dos primeros meses, en lugar de ser sancionados con la multa correspondiente (200 euros y la detracción de 3 puntos de su permiso de conducir), recibirán una carta informativa. En dicha carta figurará principalmente la prueba de la infracción: la fotografía captada con el conductor sin el cinturón puesto. Además, incluirá datos sobre la fecha y hora en la que fue tomada; el punto kilométrico y la carretera por la que circulaba, matrícula y titular del vehículo; información sobre el objetivo de la instalación de estas cámaras y fecha en la que terminará la fase informativa y comenzará a tramitarse los procedimientos sancionadores.
Con objeto de garantizar la intimidad de las personas que pudieran acompañar al conductor del vehículo –especialmente en el caso de menores de edad–, la fotografía remitida será sometida a un proceso de sombreado de los ocupantes, de manera que únicamente se identifique con claridad al conductor. Estará a disposición del conductor captado, si lo solicita, la imagen original tomada por la cámara.
Fuente: www.revista.dgt.es