El número de puntos inicialmente asignado al titular de un permiso o licencia de conducción se verá reducido por cada sanción firme en vía administrativa que se le imponga por la comisión de infracciones graves o muy graves que lleven aparejada la pérdida de puntos, de acuerdo con el baremo establecido en anexo II de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Cuando un conductor sea sancionado en firme en vía administrativa por la comisión de alguna de las infracciones graves o muy graves que se relacionan en el Anexo II de la Ley, los puntos que corresponda descontar del crédito que posea en su permiso o licencia de conducción quedarán descontados de forma automática y simultánea en el momento en que se proceda a la anotación de la citada sanción en el Registro de Conductores e Infractores.
Para recuperar los puntos, si aún no los ha perdido todos, existen dos posibilidades:
- Puede recuperar hasta 6 puntos mediante la realización de un curso de sensibilización y reeducación vial que tendrá doce horas de duración y que podrá realizar una vez cada dos años o cada año en el caso de los conductores profesionales.
- Transcurridos dos años sin haber sido sancionado en firme en vía administrativa por la comisión de infracciones que lleven aparejada la pérdida de puntos, los titulares de permisos afectados por una pérdida parcial de puntos recuperarán la totalidad del crédito inicial de puntos. No obstante, en el caso de que la pérdida de alguno de los puntos se debiera a la comisión de infracciones muy graves, el plazo para recuperar la totalidad del crédito será de tres años.
Si ya ha agotado su crédito inicial de puntos y ha recibido la notificación del acuerdo por el cual se declara la pérdida de vigencia de su autorización administrativa para conducir, debe saber que para obtener un nuevo permiso, deberá:
- Realizar un curso de sensibilización y reeducación vial que tendrá veinticuatro horas de duración y que podrá realizar durante la duración de la pérdida de vigencia.
- Una vez transcurrido el plazo de duración de la pérdida de vigencia, 6 meses para los conductores en general y 3 meses para los conductores profesionales, deberá superar una prueba teórica que versará sobre los contenidos del curso realizado. Para la realización de esta prueba deberá solicitar cita para examen enla JefaturaProvincialde Tráfico.
El permiso que se obtenga dispondrá de un saldo de 8 puntos.
Fuente: www.dgt.es