DISPOSITIVOS REDUCTORES DE VELOCIDAD
Los reductores de velocidad constituyen dispositivos colocados sobre la superficie de rodamiento de la vía o demarcados, para obligar a los conductores a disminuir su velocidad de circulación, mediante sobresalto, vibración, sonido o efecto visual, principalmente con la intención de reducir el riesgo potencial de accidentes de tránsito.
Se emplearán dispositivos reductores de velocidad en aquellos tramos de vía en que se justifique su necesidad; previo estudio de tránsito, en el que se haga referencia al tipo de dispositivo a emplear, jerarquía y tipo de vía sobre la cual se implementa, uso del suelo y aspectos de
importancia como la seguridad vial y la consideración de otras medidas de regulación, a fin de prevenir o atenuar los efectos indeseables que se puedan generar, en el sector de localización y área de influencia, con la inserción del reductor.
La presencia de reductores en la vía se complementará con la señalización vertical y la demarcación correspondiente.
Los resaltos o también denominados “policías acostados”, son ondulaciones transversales a la vía, que se constituyen como una sobre elevación del pavimento que atraviesa la vía total o parcialmente. Son más coercitivos o restrictivos para lograr disminuciones de velocidad e incrementos de la seguridad en pasos de peatones, inmediaciones de instituciones escolares, y otras zonas particulares, así como la detención total de los vehículos en los casos de estacionamientos y alcabalas.
De ser necesario una mayor restricción de la reducción de velocidad o mantenerla a lo largo de un tramo de vía, se podrán construir varios resaltos, espaciados a una cierta distancia o combinar este tipo de dispositivos con otros reductores de velocidad.
El uso de los resaltos se recomienda en sitios en donde se presente una alta cifra accidentes de tránsito y en áreas en los que se requiera la reducción de la velocidad.
En zonas residenciales se recomienda evaluar el tipo de resalto más adecuado, debido al ruido y vibraciones asociados a estos dispositivos.
La altura máxima de la protuberancia o saliente, de un reductor a construirse, sobre el plano de la superficie del pavimento será de 10 cm y la dimensión longitudinal mínima en el sentido de la circulación debe ser de 3,70 m. Deben venir acompañados de señalización vertical y demarcación y, cuando sea posible, se acompañarán de otras medidas que induzcan al conductor a reducir gradualmente su velocidad hasta alcanzar un nivel satisfactorio.